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PLAZO PARA EL CIERRE DE INVESTIGACIÓN

 PLAZO PARA EL CIERRE DE INVESTIGACIÓN

El a. 321, CNPP establece: 

Plazo para el cierre de investigación complementaria

Si se vinculó a proceso por un delito cuya pena no exceda de 2 años de prisión

Si se vinculó a proceso por un delito cuya pena sea mayor a 2 años de prisión

Meses

2 meses como máximo

6 meses como máximo



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