FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN EN LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
La fundamentación se refiere a la obligación de la autoridad de sustentar el mandamiento conforme a los preceptos legales conducentes y que deriven en acto. Sobre el particular Orellana (2015) apunta a las formalidades de la fundamentación, a partir del texto del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual es la siguiente:
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| Fundamentación en la Constitución |
La motivación se define como “los razonamientos plasmados en argumentos que lleva a cabo la autoridad al emitir un acto o mandato donde establece que el hecho o asunto particular, y en su caso el examen de las pruebas de ese hecho o asunto se adecúa a una hipótesis legal” (Orellana, 2015: 107). La motivación se puede clasificar de la siguiente manera:
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| Tipos de motivación |
En este marco, la motivación requiere considerar la argumentación normativa, de hechos y probatoria. En relación con la argumentación, la motivación debe manifestar tanto razones fundadas en la persuasión, como expresar argumentos válidos, claros y objetivos que lleven a ser parámetro de racionalidad y objetividad de la argumentación jurídica (Morales, 2017).
Ejemplo:
Para el caso de un particular "lo que no está prohibido, está permitido", en cambio, la autoridad "solo puede hacer lo permitido". Esto quiere decir, que cualquier acto que realice un servidor público ha de estar fundado y motivado: esto implica que debe tener la competencia para actuar y una base legal para hacerlo.
Ahora bien, en relación con la fundamentación y motivación, se requiere considerar tres funciones que igualmente son significativas en la práctica argumentativa y que precisamente corresponden a la validación, control y legitimación.








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